| Reingeniería Fiscal |
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Alguna vez habías oído ese termino, seguramente no, incluso debe sonarte como alguna situación rara y difícil de explicar para la que solo los analistas financieros y algunos contadores públicos podrían dar definición, pero no es así, es más, es un término bastante sencillo de entender y que te servirá de mucho, especialmente si eres de las personas que ya no le gustaría pagar tantos impuestos y que en la medida de lo posible quisieras que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) en lugar de exigirte tu pago te regresara algunos pesos, ahora bien, la reingeniería fiscal se refiere al hecho de poder estirar la ley lo más que se pueda para aplicar algunas estrategias que nos permitan pagar cada vez menos y menos impuestos. Si eres persona física o persona moral, seguramente en los meses de marzo y abril según te corresponda estuviste en un lió con lolita y más si olvidaste calcular algunos gastos, pedir factura en alguna de tus operaciones o no tuviste forma de comprobar algunos ingresos extras que tienes, pero no te preocupes, seguramente este año tuviste que pagar algunos impuestos todavía, sin embargo te garantizo que esto no te volverá a suceder y tendrás inclusive un saldo a tu favor. Seguramente si has investigado un poco sobre la ley fiscal y si no ahora te lo menciono, que los gastos personales son deducibles de impuestos en su totalidad, estos gastos llamados personales son: gastos médicos, gastos de hospitalización, aparatos de tipo ortopédico y óptico, la adquisición de alguna casa o departamento que no supere los $1,500,000.00, de la misma forma un crédito hipotecario con el mismo monto, las aportaciones a seguro de retiro, seguros de gastos médicos y los donativos a asociaciones de beneficencia debidamente respaldadas gubernamentalmente, es más si hiciste estos gastos beneficiando a tus padres, hijos, conyugue o concubina también son deducibles de impuestos, todo lo anterior respaldado en el articulo 176 del I.S.R., pero lo que seguramente no sabes es que también puedes deducir impuestos en la compra directa de otro tipo de artículos. Alguna vez has oído hablar de las afianzadoras, estas son empresas que se dedican a ofrecer una especie de seguro financiero en caso de algún percance, pero también en este tipo de empresas se pueden adquirir aquellos bienes que han sido depreciados en su totalidad por las diferentes empresas como automóviles, equipo de computo y oficina, maquinaria, etc., cuando se compra algún articulo de los anteriores, se deben de pagar impostor por ellos, sin embargo estos se van devaluando año con año, y la ley permite esta devaluación de los artículos hasta el punto en que se pierde totalmente su valor, ejemplo, el equipo de computo y de oficina se deprecia en 5 años, es decir cada año se reduce en un 20% de su valor original y finalmente queda legalmente en cero, sin embargo cuando se vendido tiene un valor comercial, pues bien si nosotros adquirimos alguno de esos productos, como ya se pagaron impuestos durante toda su vida útil, entonces ya no tenemos por que pagar nuevamente, es más dado que su valor legal es cero, entonces el monto que nosotros pagamos se deduce íntegramente de nuestros impuestos, es verdad que son modelos anteriores, sin embargo en el mínimo de los casos son bienes aun funcionales y de utilidad y si además de ello me reduce el pago de mis impuestos pues entonces vale la pena analizarlo, desgraciadamente la adquisición de productos de afianzadora es un práctica muy poco común en nuestro país, tal vez por esa razón aún no se ha legislado prohibitivamente al respecto, pero mientras nos sea posible podemos aplicar esta estrategia, el único requisito es que se haya adquirido este bien durante el ejercicio fiscal que queremos deducir y mantenrlo como parte de nuestros gastos, lo que da la oportunidad de revenderlo al siguiente año en donde seguramente tendrás un saldo negativo por la depreciación comercial que se sufre en un año, es decir si por ejemplo hoy compras un automóvil en un valor de $50,000.00 en un año su valor podría ser de unos $40,000.00, sin embargo cuando lo compró y lo declaró su costo aún seguía siendo de $50,000.00, lo que a fin de cuentas le da una ganancia de $10,000.00. Como ya le mencioné, no se necesita ser un experto, se trata de estirar la ley lo más que se pueda siempre a nuestro beneficio, conocer mas sobre nuestros derechos y obligaciones nos da las herramientas para no ser sorprendidos y aplicarlo siempre a nuestro favor. Continúa al pendiente de este y otros artículos interesantes en ComoSalirdelaCrisis.com, hasta pronto.
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